La cartera económica emitió un comunicado aclaratorio sobre los periodos de inscripción para diversas organizaciones según su marco legal. Las instituciones afectadas por la nueva normativa de transparencia tienen como plazo máximo el primer día de abril.
El proceso debe gestionarse obligatoriamente mediante la plataforma digital implementada para la rendición de cuentas. A través de su dependencia de Personas y Estructuras Jurídicas, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) precisó los términos de cumplimiento para el sector asociativo. Aquellas entidades alcanzadas por la Ley N.º 7363/2024 deben formalizar su estatus en el sistema SIARA de manera inmediata.
Es importante destacar que el vencimiento para este grupo específico de organizaciones sociales operará este miércoles. Por consiguiente, las autoridades instan a los responsables a evitar demoras que puedan derivar en sanciones administrativas. Gracias a esta digitalización, el Estado busca optimizar el control y la visibilidad del financiamiento externo.
En contrapartida, las sociedades que no se encuentran bajo la mencionada legislación poseen un cronograma de actualización mucho más extenso. Para estos casos, el plazo reglamentario para renovar los datos en el registro administrativo se extiende hasta finales de junio. Tal disposición se fundamenta en el Decreto Nº 3241/2020, el cual regula el funcionamiento de las estructuras comerciales y civiles.
No obstante, es imperativo que cada ejercicio anual se reporte conforme a las directrices legales vigentes en el Paraguay. Sin embargo, se recomienda no aguardar hasta la fecha de caducidad para efectuar los trámites. Estas precisiones técnicas surgen como respuesta directa a la gran cantidad de interrogantes presentadas por los contribuyentes en las últimas jornadas.

